Custodia compartida en España: requisitos y cómo se solicita

Custodia compartida

Cuando una pareja con hijos decide separarse o divorciarse, una de las decisiones más importantes es cómo se organiza la custodia. Cada vez es más habitual que los progenitores opten por la custodia compartida, pero conviene entender bien en qué consiste y qué se necesita para conseguirla.

Qué es la custodia compartida

La custodia compartida implica que ambos progenitores conviven con los hijos de forma alterna, repartiendo el tiempo de convivencia según un calendario acordado (por semanas, quincenas u otro sistema). A diferencia de la custodia exclusiva, aquí ninguno de los dos progenitores tiene la condición de «custodio único», y ambos participan de forma equilibrada en el día a día de los menores.

Cómo se puede establecer

Existen dos vías principales:

  1. De mutuo acuerdo. Si ambos progenitores están de acuerdo, pueden reflejarlo en un convenio regulador que después se presenta ante el juzgado para su aprobación. Es la vía más rápida y menos conflictiva.
  2. Por decisión judicial. Si no hay acuerdo, será el juez quien decida, tras valorar el informe del Ministerio Fiscal y, en muchos casos, un informe psicosocial del equipo técnico judicial, siempre atendiendo al interés superior del menor.

Qué valora el juez para conceder la custodia compartida

Entre los criterios que suelen tenerse en cuenta están:

  • La disponibilidad y disposición de cada progenitor para atender a los hijos.
  • La cercanía de las viviendas de ambos progenitores, especialmente por la escolarización.
  • La relación previa de cada progenitor con los menores.
  • La opinión de los hijos, en función de su edad y madurez.
  • La capacidad de los progenitores para comunicarse y colaborar en la crianza, ya que un alto nivel de conflicto puede dificultar el buen funcionamiento del régimen compartido.

El convenio regulador

En caso de acuerdo, el convenio regulador debe detallar aspectos como:

  • El calendario concreto de convivencia con cada progenitor.
  • El régimen de vacaciones escolares.
  • La contribución económica de cada uno a los gastos de los hijos (pensión de alimentos, gastos extraordinarios).
  • El uso de la vivienda familiar mientras los hijos sean menores.

Preguntas frecuentes

¿La custodia compartida elimina la pensión de alimentos? No necesariamente. Aunque el reparto de tiempo sea equilibrado, si existe una diferencia significativa de ingresos entre los progenitores, puede seguir estableciéndose una pensión de alimentos a cargo del progenitor con mayor capacidad económica.

¿Se puede modificar la custodia compartida más adelante? Sí, si cambian las circunstancias de forma relevante (cambio de residencia, situación laboral, necesidades de los menores), cualquiera de los progenitores puede solicitar la modificación de las medidas ante el juzgado.

¿Qué pasa si uno de los progenitores no cumple con el régimen acordado? El incumplimiento reiterado puede dar lugar a que la otra parte solicite medidas judiciales, incluyendo la posible modificación del régimen de custodia si se considera que perjudica a los menores.

Custodia compartida y pensión de alimentos

Un error común es pensar que en custodia compartida desaparece la pensión de alimentos. No es así necesariamente: si existe una diferencia relevante de ingresos entre los progenitores, el juez puede fijar igualmente una pensión a cargo del progenitor con más capacidad económica, precisamente para mantener un nivel de vida equivalente en ambos hogares. Lo que sí suele repartirse de forma proporcional son los gastos extraordinarios (actividades extraescolares, gastos médicos no cubiertos, etc.), normalmente al 50% salvo que se acuerde otro reparto.

¿Se puede modificar una custodia ya establecida?

Sí. La custodia no es un acuerdo cerrado para siempre: puede modificarse cuando cambian de forma relevante las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarla (un cambio de residencia por trabajo, un problema de salud, el propio crecimiento de los hijos y su opinión, o el incumplimiento reiterado del régimen pactado). La modificación puede solicitarse de mutuo acuerdo o, si no lo hay, por vía judicial.

Preguntas frecuentes

¿La custodia compartida requiere que los progenitores vivan cerca?

No es un requisito legal estricto, pero sí es uno de los factores que más valoran los jueces, especialmente por la escolarización y la rutina de los menores. Una gran distancia entre domicilios suele dificultar que se conceda.

¿Puede un progenitor negarse a la custodia compartida sin motivo?

La negativa de uno de los progenitores no impide que el juez la conceda igualmente si la considera beneficiosa para los menores, siempre valorando el conjunto de circunstancias del caso.

Si además de organizar la custodia te enfrentas a la gestión de una herencia familiar, aquí tienes cómo aceptar una herencia en España.


Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

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