Trabajar más horas de las pactadas sin que se reflejen en la nómina es, por desgracia, una situación habitual. La buena noticia es que la ley obliga a registrar y remunerar (o compensar) esas horas, y hay formas concretas de reclamarlas.
El registro de jornada: tu mejor aliado
Desde 2019, todas las empresas están obligadas a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador, con la hora de entrada y salida. Este registro es clave porque, si existe, sirve como prueba directa de las horas realmente trabajadas; y si la empresa no lo lleva (incumpliendo su obligación legal), los tribunales suelen inclinarse a favor del trabajador en caso de duda sobre las horas reclamadas.
¿Se pagan siempre en dinero?
No necesariamente. El convenio colectivo aplicable, o en su defecto el acuerdo entre empresa y trabajador, puede establecer que las horas extra se compensen con descanso en lugar de con dinero, dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Lo que no es legal es que la empresa decida unilateralmente no pagarlas ni compensarlas de ninguna forma.
Cómo demostrar las horas si no hay registro fiable
- Correos electrónicos o mensajes enviados fuera del horario habitual.
- Capturas de aplicaciones de fichaje, si las hay, aunque la empresa las gestione de forma deficiente.
- Testimonios de compañeros que puedan confirmar el horario real trabajado.
- Cualquier documento interno (turnos, cuadrantes, partes de trabajo) que refleje las horas efectivamente hechas.
El plazo para reclamar: ojo con la prescripción
Las cantidades adeudadas por horas extra prescriben al año desde que se pudieron reclamar, así que conviene no dejar pasar demasiado tiempo. Antes de acudir al Juzgado de lo Social, es obligatorio pasar por el acto de conciliación previa ante el organismo correspondiente (SMAC o su equivalente autonómico).
¿Puede la empresa despedirme por reclamar mis horas extra?
Un despido motivado por reclamar derechos laborales legítimos puede ser considerado nulo por vulnerar derechos fundamentales (represalia), lo que conlleva la readmisión obligatoria del trabajador con el abono de los salarios dejados de percibir, una protección bastante más fuerte que la de un despido simplemente improcedente.
Si además te preocupa la posibilidad de un despido, consulta también despido improcedente: cómo saber si el tuyo lo es.
Preguntas frecuentes
¿Hay un límite máximo de horas extra que se pueden hacer?
Sí, con carácter general el límite legal son 80 horas extraordinarias al año, salvo las que se compensen con descanso dentro de los cuatro meses siguientes, que no computan dentro de ese límite.
¿Es lo mismo horas extra que horas complementarias?
No. Las horas complementarias son propias de los contratos a tiempo parcial y tienen su propia regulación específica, distinta de las horas extraordinarias de los contratos a jornada completa.
¿Qué pasa si mi empresa no lleva registro de jornada?
No llevar el registro de jornada es una infracción laboral grave por parte de la empresa, sancionable por la Inspección de Trabajo. Además, en un litigio sobre horas extra, esa ausencia de registro suele jugar en tu contra como empresa y a tu favor como trabajador, porque los tribunales tienden a dar más credibilidad a la versión del trabajador cuando la empresa ha incumplido su obligación de control horario.
¿Puedo negarme a hacer horas extra?
Salvo que se trate de horas extraordinarias por fuerza mayor (para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes), las horas extra son en principio voluntarias, y su realización depende de lo pactado en el contrato o el convenio colectivo aplicable.
Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

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