Autor: Julián Casero Gilabert

  • Diferencia entre falta y delito: qué consecuencias tiene cada una

    Diferencia entre falta y delito: qué consecuencias tiene cada una

    Es habitual escuchar hablar de «faltas» en el lenguaje coloquial, pero conviene saber que, desde una reforma legal ya hace años, esa categoría como tal desapareció del Código Penal español. Aun así, sigue existiendo una distinción real y relevante entre infracciones de distinta gravedad que conviene entender bien.

    Qué ocurrió con las antiguas «faltas»

    Las conductas que antes se castigaban como faltas (infracciones penales de menor gravedad, como hurtos de poca cuantía o amenazas leves) se reconvirtieron en dos posibles vías: algunas pasaron a ser delitos leves (dentro del propio Código Penal, con penas más reducidas), y otras se trasladaron al ámbito administrativo o civil, dejando de ser delito.

    Delitos leves, menos graves y graves: así se clasifican ahora

    El Código Penal actual clasifica los delitos en tres categorías según la gravedad de la pena que llevan aparejada: delitos leves (las penas más reducidas, como ciertas multas o penas cortas), delitos menos graves (la mayoría de los delitos «comunes»), y delitos graves (los que llevan aparejadas penas de prisión más largas). Esta clasificación no es solo teórica: determina, entre otras cosas, los plazos de prescripción y el procedimiento judicial aplicable.

    ¿Por qué importa tanto esta diferencia en la práctica?

    • El plazo de prescripción del delito (el tiempo que tiene la Administración de Justicia para perseguirlo) varía mucho según la gravedad.
    • El procedimiento judicial es distinto: los delitos leves se tramitan por un juicio más ágil y rápido que los delitos graves.
    • Las consecuencias en cuanto a antecedentes penales y su duración también dependen de esta clasificación.
    • La posibilidad de suspender o sustituir la pena (por ejemplo, evitar la entrada en prisión) depende en gran medida de la gravedad del delito y de la pena concreta impuesta.

    Un ejemplo práctico: el hurto

    Un hurto de escasa cuantía (por debajo de un determinado importe) se castiga como delito leve, con una pena habitualmente de multa. Ese mismo hecho, si el valor sustraído es más elevado, o si concurren circunstancias agravantes (como usar violencia o ser reincidente), puede pasar a considerarse un delito de mayor gravedad, con consecuencias mucho más serias, incluida la posible pena de prisión.

    Si te preocupa un proceso penal en curso, consulta también qué hacer si te llega una citación judicial.

    Preguntas frecuentes

    ¿Un delito leve deja antecedentes penales?

    Sí, en principio cualquier condena penal firme genera antecedentes, aunque en el caso de los delitos leves su cancelación suele estar sujeta a plazos más cortos que los de delitos de mayor gravedad.

    ¿Necesito abogado para un delito leve?

    Aunque en algunos procedimientos por delito leve la asistencia letrada no es obligatoria por ley, siempre es muy recomendable contar con un abogado, porque incluso una condena por delito leve puede tener consecuencias relevantes a futuro.

    ¿Puede un delito leve terminar en juicio con jurado?

    No. El Tribunal del Jurado está reservado a determinados delitos graves específicamente señalados por la ley (como el homicidio), nunca a delitos leves, que se tramitan por un procedimiento mucho más ágil y sin jurado.

    ¿Quién decide si unos hechos son delito leve o algo más grave?

    Inicialmente lo valora el juez de instrucción a partir de la denuncia y las diligencias practicadas, aunque esa calificación puede cambiar a lo largo del procedimiento si aparecen nuevos elementos que agraven o atenúen los hechos investigados.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Te han denunciado por un accidente de tráfico: qué hacer y cómo puede afectarte

    Te han denunciado por un accidente de tráfico: qué hacer y cómo puede afectarte

    Un accidente de tráfico puede tener consecuencias que van mucho más allá del parte del seguro. Si hay lesiones de cierta gravedad, o si se sospecha de una infracción como conducir bajo los efectos del alcohol, el asunto puede pasar del ámbito puramente civil al penal.

    ¿Cuándo un accidente de tráfico se convierte en un asunto penal?

    La mayoría de los accidentes de tráfico con daños materiales o lesiones leves se resuelven en el ámbito civil, a través de los seguros. El asunto entra en el terreno penal principalmente en dos escenarios: cuando las lesiones causadas superan un determinado umbral de gravedad, o cuando concurre alguna circunstancia agravante, como conducir bajo la influencia de alcohol o drogas, con temeridad manifiesta, o con exceso de velocidad muy elevado.

    Responsabilidad penal y responsabilidad civil: no es lo mismo

    Son dos cuestiones distintas que suelen tramitarse juntas en el mismo procedimiento. La responsabilidad penal busca determinar si hubo un delito y, en su caso, la pena correspondiente. La responsabilidad civil busca reparar el daño causado (indemnización a la víctima), y normalmente la cubre el seguro obligatorio del vehículo, incluso cuando el conductor resulta condenado penalmente.

    Qué papel juega tu seguro en todo esto

    El seguro obligatorio de responsabilidad civil cubre, con carácter general, los daños causados a terceros, incluso en un contexto penal, salvo determinadas exclusiones expresamente pactadas en la póliza (por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol por encima de ciertos límites suele dar derecho a la aseguradora a repetir contra el conductor, es decir, a reclamarle después lo que haya pagado a la víctima).

    Primeros pasos si te citan por un accidente de tráfico

    • No hagas declaraciones informales sobre lo ocurrido antes de hablar con un abogado, ni siquiera para «aclarar» la situación.
    • Recopila toda la documentación disponible: parte amistoso, atestado policial si lo hay, fotos del lugar, datos de testigos.
    • Contacta con tu compañía de seguros cuanto antes, ya que suele incluir asistencia jurídica en este tipo de procedimientos.
    • Acude a la citación con abogado, ya que la asistencia letrada es prácticamente siempre necesaria en un procedimiento penal.

    ¿Puede quedarme antecedentes penales por un accidente de tráfico?

    Sí, si finalmente hay una condena por un delito (no una simple sanción administrativa), esa condena puede generar antecedentes penales, con las implicaciones que eso conlleva. Por eso es tan importante actuar bien desde el primer momento, incluso cuando parezca «solo un accidente».

    Si te enfrentas a cualquier otro tipo de citación judicial, consulta también qué hacer si te llega una citación judicial.

    Preguntas frecuentes

    ¿Perder puntos del carné es lo mismo que tener un proceso penal?

    No. La pérdida de puntos es una sanción administrativa de tráfico, independiente de que además pueda abrirse un procedimiento penal si concurren las circunstancias que lo justifican.

    ¿Qué pasa si el accidente fue culpa del otro conductor?

    Si tú eres la víctima, tienes derecho a ser indemnizado por los daños y lesiones sufridos, normalmente a través del seguro del vehículo responsable, y puedes personarte como acusación particular en el procedimiento penal si lo consideras oportuno.

    ¿Tengo que declarar en el lugar del accidente?

    Ante la policía o Guardia Civil que acuda al lugar, es habitual y razonable colaborar con los datos objetivos (identificación, seguro, versión básica de los hechos), pero no estás obligado a hacer declaraciones detalladas sobre responsabilidades antes de contar con asesoramiento legal, especialmente si hay heridos o dudas sobre lo ocurrido.

    ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un proceso penal por accidente de tráfico?

    Depende mucho de la gravedad de las lesiones y de la carga de trabajo del juzgado. Los casos más leves, tramitados como delito leve, suelen resolverse en unos meses; los más graves, con lesiones importantes, pueden alargarse bastante más, especialmente si hace falta esperar a la estabilización médica del lesionado para valorar las secuelas.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Divorcio de mutuo acuerdo: requisitos y pasos

    Divorcio de mutuo acuerdo: requisitos y pasos

    Cuando ambos cónyuges están de acuerdo en poner fin al matrimonio, el divorcio de mutuo acuerdo suele ser el camino más rápido, económico y menos desgastante emocionalmente. Aun así, conviene entender bien el proceso para que todo salga como se espera.

    Requisitos básicos

    Desde la reforma legal que eliminó el antiguo requisito de esperar unos meses tras la boda, se puede solicitar el divorcio de mutuo acuerdo sin necesidad de haber estado casados un tiempo mínimo, salvo que existan hijos comunes, en cuyo caso sí se exige que haya transcurrido un breve periodo desde la celebración del matrimonio. Lo esencial es que ambas partes estén de acuerdo tanto en divorciarse como en las condiciones del convenio regulador.

    El convenio regulador: el documento clave

    Es el acuerdo escrito donde ambos cónyuges pactan todos los aspectos derivados de la ruptura: custodia y régimen de visitas de los hijos (si los hay), pensión de alimentos, uso de la vivienda familiar, reparto de bienes y, en su caso, pensión compensatoria para uno de los cónyuges. Cuanto más detallado y realista sea este documento, menos conflictos surgen después.

    ¿Notaría o Juzgado? Depende de si hay hijos menores

    Si el matrimonio no tiene hijos menores de edad ni hijos mayores con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos, el divorcio de mutuo acuerdo se puede tramitar directamente ante notario, con la intervención de un único abogado para ambas partes, lo que suele agilizar mucho el proceso. Si hay hijos menores, es obligatorio que intervenga un juez, que revisará el convenio regulador para comprobar que protege adecuadamente el interés de los menores, con la intervención del Ministerio Fiscal.

    Documentación necesaria

    • Certificado de matrimonio y certificados de nacimiento de los hijos, si los hay.
    • El convenio regulador firmado por ambas partes.
    • Últimas declaraciones de la renta o nóminas, para justificar la pensión de alimentos o compensatoria si se pacta.
    • Documentación de los bienes que se repartan (escrituras, tasaciones, si procede).

    ¿Cuánto se tarda?

    Un divorcio de mutuo acuerdo tramitado ante notario suele resolverse en cuestión de semanas. Por la vía judicial, con hijos menores de por medio, el plazo depende de la carga de trabajo del juzgado correspondiente, pero al no haber conflicto entre las partes, suele ser considerablemente más rápido que un divorcio contencioso.

    Si el convenio regulador incluye hijos menores, te será útil consultar también cómo se calcula la pensión de alimentos y custodia compartida en España.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo cambiar de opinión después de firmar el convenio regulador?

    Antes de que se dicte la resolución final (sentencia o escritura notarial), sí es posible que cualquiera de las partes se retracte. Una vez formalizado, el convenio es vinculante, aunque algunos aspectos (como la pensión de alimentos) pueden modificarse más adelante si cambian sustancialmente las circunstancias.

    ¿Necesito un abogado para cada uno o puede ser el mismo para los dos?

    En el divorcio de mutuo acuerdo es habitual y legal que ambas partes compartan un único abogado y procurador (si es necesario), precisamente porque no existe conflicto de intereses al estar de acuerdo en todo.

    ¿Qué pasa con la vivienda familiar en un divorcio de mutuo acuerdo?

    El convenio regulador debe decidir qué ocurre con la vivienda: puede atribuirse el uso a uno de los cónyuges (habitualmente, aunque no siempre, al que se queda con la custodia de los hijos menores), venderse y repartir el importe, o mantenerse en régimen de proindiviso durante un tiempo determinado. No existe una solución única válida para todos los casos.

    ¿El divorcio de mutuo acuerdo incluye el reparto de bienes?

    Puede incluirlo, pero no es obligatorio hacerlo en el mismo momento: es posible divorciarse primero y liquidar el régimen económico matrimonial (gananciales u otro) más adelante, en un procedimiento separado, si en ese momento no hay acuerdo sobre el reparto de bienes.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Cómo reclamar el pago de horas extra no abonadas

    Cómo reclamar el pago de horas extra no abonadas

    Trabajar más horas de las pactadas sin que se reflejen en la nómina es, por desgracia, una situación habitual. La buena noticia es que la ley obliga a registrar y remunerar (o compensar) esas horas, y hay formas concretas de reclamarlas.

    El registro de jornada: tu mejor aliado

    Desde 2019, todas las empresas están obligadas a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador, con la hora de entrada y salida. Este registro es clave porque, si existe, sirve como prueba directa de las horas realmente trabajadas; y si la empresa no lo lleva (incumpliendo su obligación legal), los tribunales suelen inclinarse a favor del trabajador en caso de duda sobre las horas reclamadas.

    ¿Se pagan siempre en dinero?

    No necesariamente. El convenio colectivo aplicable, o en su defecto el acuerdo entre empresa y trabajador, puede establecer que las horas extra se compensen con descanso en lugar de con dinero, dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Lo que no es legal es que la empresa decida unilateralmente no pagarlas ni compensarlas de ninguna forma.

    Cómo demostrar las horas si no hay registro fiable

    • Correos electrónicos o mensajes enviados fuera del horario habitual.
    • Capturas de aplicaciones de fichaje, si las hay, aunque la empresa las gestione de forma deficiente.
    • Testimonios de compañeros que puedan confirmar el horario real trabajado.
    • Cualquier documento interno (turnos, cuadrantes, partes de trabajo) que refleje las horas efectivamente hechas.

    El plazo para reclamar: ojo con la prescripción

    Las cantidades adeudadas por horas extra prescriben al año desde que se pudieron reclamar, así que conviene no dejar pasar demasiado tiempo. Antes de acudir al Juzgado de lo Social, es obligatorio pasar por el acto de conciliación previa ante el organismo correspondiente (SMAC o su equivalente autonómico).

    ¿Puede la empresa despedirme por reclamar mis horas extra?

    Un despido motivado por reclamar derechos laborales legítimos puede ser considerado nulo por vulnerar derechos fundamentales (represalia), lo que conlleva la readmisión obligatoria del trabajador con el abono de los salarios dejados de percibir, una protección bastante más fuerte que la de un despido simplemente improcedente.

    Si además te preocupa la posibilidad de un despido, consulta también despido improcedente: cómo saber si el tuyo lo es.

    Preguntas frecuentes

    ¿Hay un límite máximo de horas extra que se pueden hacer?

    Sí, con carácter general el límite legal son 80 horas extraordinarias al año, salvo las que se compensen con descanso dentro de los cuatro meses siguientes, que no computan dentro de ese límite.

    ¿Es lo mismo horas extra que horas complementarias?

    No. Las horas complementarias son propias de los contratos a tiempo parcial y tienen su propia regulación específica, distinta de las horas extraordinarias de los contratos a jornada completa.

    ¿Qué pasa si mi empresa no lleva registro de jornada?

    No llevar el registro de jornada es una infracción laboral grave por parte de la empresa, sancionable por la Inspección de Trabajo. Además, en un litigio sobre horas extra, esa ausencia de registro suele jugar en tu contra como empresa y a tu favor como trabajador, porque los tribunales tienden a dar más credibilidad a la versión del trabajador cuando la empresa ha incumplido su obligación de control horario.

    ¿Puedo negarme a hacer horas extra?

    Salvo que se trate de horas extraordinarias por fuerza mayor (para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes), las horas extra son en principio voluntarias, y su realización depende de lo pactado en el contrato o el convenio colectivo aplicable.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Reclamaciones por productos o servicios defectuosos: qué puedes exigir como consumidor

    Reclamaciones por productos o servicios defectuosos: qué puedes exigir como consumidor

    Compras algo, falla a los pocos meses, y la tienda te dice que no puede hacer nada. Es una situación muy habitual, y en la mayoría de los casos el consumidor tiene más derechos de los que cree.

    Garantía legal: los dos años que casi nadie conoce bien

    Todo producto nuevo comprado a un profesional o empresa cuenta con una garantía legal de dos años desde la entrega, independientemente de que el vendedor ofrezca o no una garantía comercial adicional. Durante los primeros seis meses, se presume que cualquier defecto que aparezca ya existía en el momento de la compra, así que es la empresa quien tiene que demostrar lo contrario, no tú. Pasado ese plazo (y hasta los dos años), la carga de la prueba pasa a ti, aunque sigue siendo tu derecho reclamar.

    El orden de las soluciones: no siempre puedes elegir libremente

    La ley establece un orden de preferencia entre las posibles soluciones: primero se puede exigir la reparación o la sustitución del producto (a elección del consumidor, salvo que una de las dos sea imposible o desproporcionada), y solo si eso no es posible o no se soluciona en un plazo razonable, se puede pasar a pedir una rebaja del precio o directamente la resolución del contrato (devolver el producto y que te devuelvan el dinero).

    Servicios defectuosos: otra vía distinta

    Cuando el problema no es un producto sino un servicio mal prestado (una reforma, una reparación, un servicio profesional), el marco legal es algo distinto y suele apoyarse en el incumplimiento contractual general: puedes exigir que se complete correctamente el trabajo, una indemnización por los daños causados, o la resolución del contrato si el incumplimiento es grave.

    Cómo reclamar paso a paso

    • Reúne pruebas: factura o ticket de compra, fotos del defecto, y cualquier comunicación previa con la empresa.
    • Presenta primero una reclamación por escrito a la empresa (email o burofax), explicando el problema y qué solución pides, con un plazo razonable de respuesta.
    • Si no responden o la respuesta es insatisfactoria, puedes acudir a la hoja de reclamaciones y presentarla ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu localidad.
    • Como alternativa gratuita a los tribunales, muchas empresas están adheridas al sistema arbitral de consumo, que resuelve el conflicto sin necesidad de ir a juicio.

    Si en vez de un producto lo que necesitas es reclamar una cantidad de dinero que te deben, consulta también cómo reclamar una deuda entre particulares.

    Preguntas frecuentes

    ¿La garantía cubre el mal uso que yo haya hecho del producto?

    No. La garantía legal cubre defectos de fabricación o de conformidad del producto, no daños causados por un uso indebido, un accidente o el desgaste normal por el paso del tiempo.

    ¿Puedo reclamar si compré el producto de segunda mano?

    Sí, pero con matices: si la compra fue a un particular, no se aplica la garantía legal de dos años propia de las compras a profesionales, sino las normas generales del Código Civil sobre saneamiento por vicios ocultos, con plazos más cortos.

    ¿Puedo reclamar directamente al fabricante en vez de a la tienda?

    Con carácter general, la reclamación por falta de conformidad se dirige al vendedor (la tienda), que es quien tiene la relación contractual directa contigo. Solo en determinados supuestos, como cuando el vendedor ha desaparecido o es insolvente, la ley permite dirigirse directamente contra el fabricante.

    ¿Qué diferencia hay entre la garantía legal y la garantía comercial extendida que me ofrecen al pagar más?

    La garantía legal de dos años es gratuita y obligatoria por ley, la ofrezca o no la tienda. La garantía comercial extendida (o «ampliada») es un servicio adicional de pago que la empresa ofrece de forma voluntaria, con sus propias condiciones, y que se suma a la protección legal, no la sustituye.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Pensión de alimentos para los hijos: cómo se calcula

    Pensión de alimentos para los hijos: cómo se calcula

    Cuando unos padres se separan o divorcian, uno de los puntos que más dudas y más tensión genera es la pensión de alimentos: cuánto hay que pagar, quién la recibe y cómo se calcula exactamente. No existe una tabla fija y universal, pero sí unos criterios claros que marcan el resultado final.

    Qué cubre exactamente la pensión de alimentos

    No es solo comida y ropa, como muchas veces se piensa. La pensión de alimentos cubre todo lo necesario para el sustento, la vivienda, la educación y la asistencia médica de los hijos menores (y, en determinados casos, de los hijos mayores de edad que aún dependen económicamente de los padres porque siguen estudiando o buscando su primer empleo). Incluye tanto los gastos ordinarios y previsibles como, aparte, los llamados gastos extraordinarios, que suelen repartirse de forma proporcional entre ambos progenitores.

    Los dos factores que de verdad determinan el importe

    El cálculo gira, en esencia, en torno a dos elementos: los ingresos de cada progenitor y las necesidades reales de los hijos. Cuanto mayor sea la capacidad económica de quien paga, y cuantas más necesidades tengan los menores (edad, escolarización, alguna necesidad especial), mayor será la cuantía. No se trata de una fórmula matemática rígida, sino de una valoración de conjunto que hace el juez, aunque existen herramientas orientativas (como el simulador que publica el Consejo General del Poder Judicial) que ayudan a estimar una horquilla razonable.

    ¿Y si hay custodia compartida?

    Un error frecuente es pensar que la custodia compartida elimina automáticamente la pensión. No es así: si existe una diferencia relevante de ingresos entre ambos progenitores, el juez puede fijar igualmente una pensión a cargo del que tiene más capacidad económica, precisamente para que los hijos mantengan un nivel de vida parecido en ambos hogares.

    ¿Se puede modificar la cuantía más adelante?

    Sí. La pensión no es una cifra congelada para siempre: puede revisarse cuando cambian de forma relevante las circunstancias económicas de cualquiera de los progenitores (pérdida de empleo, un ascenso importante, una nueva carga familiar) o las necesidades de los hijos (empiezan una etapa educativa más cara, aparece un problema de salud). Además, es habitual que la propia sentencia incluya una actualización automática anual según el IPC, para que el importe no pierda poder adquisitivo con el tiempo.

    ¿Qué pasa si no se paga la pensión?

    El impago reiterado de la pensión de alimentos no es solo un problema civil: puede llegar a constituir un delito de abandono de familia si se dejan de abonar dos mensualidades consecutivas o cuatro alternas. Antes de llegar ahí, existen vías civiles para reclamar el impago y embargar sueldos, cuentas o bienes del progenitor deudor.

    Si además de la pensión de alimentos os planteáis una separación de mutuo acuerdo, te será útil consultar también divorcio de mutuo acuerdo: requisitos y pasos.

    Preguntas frecuentes

    ¿Hasta qué edad hay que pagar la pensión de alimentos?

    No existe una edad de corte automática al cumplir la mayoría de edad. La obligación se mantiene mientras el hijo no tenga independencia económica propia y esté formándose o buscando activamente empleo, dentro de unos límites razonables de tiempo y esfuerzo.

    ¿Puedo dejar de pagar si mi ex pareja no me deja ver a los hijos?

    No. Son dos obligaciones completamente independientes: el régimen de visitas y la pensión de alimentos no se pueden condicionar entre sí. Dejar de pagar por este motivo puede acarrear consecuencias legales serias, incluso si el incumplimiento del régimen de visitas por la otra parte es real.

    ¿Qué pasa si el progenitor que debe pagar no tiene ingresos?

    Aunque esté en desempleo o tenga ingresos muy bajos, la obligación de alimentos no desaparece por completo: el juez puede fijar una cuantía mínima ajustada a esa situación, revisable en cuanto la situación económica mejore. Los tribunales entienden que los hijos tienen derecho a un mínimo vital incluso en los peores escenarios económicos del progenitor no custodio.

    ¿Se puede pactar la pensión de alimentos sin pasar por un juzgado?

    Sí, si ambos progenitores llegan a un acuerdo amistoso, pueden reflejarlo en un convenio regulador y, si no hay procedimiento judicial en marcha, incluso formalizarlo ante notario en los casos que la ley lo permite. Aun así, es muy recomendable que un abogado revise el acuerdo, porque una vez firmado tiene fuerza vinculante.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Herencia con deudas: cómo saber si te conviene aceptarla, hacerlo a beneficio de inventario o renunciar

    Herencia con deudas: cómo saber si te conviene aceptarla, hacerlo a beneficio de inventario o renunciar

    Heredar no siempre es recibir bienes: a veces se hereda también lo que el fallecido debía. Antes de aceptar una herencia sin pensarlo, conviene entender bien las tres opciones que existen y sus consecuencias, porque una decisión precipitada puede salir muy cara.

    Por qué importa tanto cómo aceptes la herencia

    Cuando aceptas una herencia de forma pura y simple (la opción por defecto si no haces nada especial), respondes de las deudas del fallecido no solo con los bienes heredados, sino también con tu propio patrimonio si la herencia no alcanza para cubrirlas. Es la parte que más sorprende a quien hereda sin informarse antes: no se limita a «perder lo que iba a recibir», sino que puede terminar pagando de su bolsillo.

    Opción 1: aceptación pura y simple

    Es la más habitual cuando se sabe que la herencia es claramente positiva (los bienes superan con holgura a las deudas). Se acepta todo el patrimonio del fallecido, activo y pasivo, sin ninguna limitación de responsabilidad. Si después aparecen deudas que no conocías, tendrás que responder de ellas igualmente, incluso con tu patrimonio personal.

    Opción 2: aceptación a beneficio de inventario

    Es la opción recomendable cuando existen dudas razonables sobre si la herencia tiene más deudas que bienes, o simplemente no se conoce con certeza la situación económica del fallecido. Con esta modalidad, respondes de las deudas de la herencia únicamente hasta donde alcancen los bienes heredados, nunca con tu patrimonio personal.

    Para acogerte a esta opción hay que seguir un procedimiento formal: se solicita ante notario (o, en determinados casos, judicialmente) y hay que hacer un inventario fiel de los bienes y deudas del fallecido dentro de los plazos legales. No basta con decir «acepto a beneficio de inventario» de palabra; es un trámite con sus propios requisitos y plazos que conviene no dejar pasar.

    Opción 3: renunciar a la herencia

    Si tienes indicios claros de que las deudas superan ampliamente a los bienes, renunciar puede ser la opción más sensata. La renuncia debe hacerse ante notario, en documento público, y es total: no se puede renunciar solo a las deudas y quedarse con los bienes, ni renunciar solo a una parte de la herencia.

    Al renunciar, tu parte pasa a los siguientes llamados a heredar (otros herederos, o los siguientes en el orden legal si no hay más). Es importante saber esto porque, si esas personas tampoco quieren asumir una herencia con deudas, tendrán que renunciar ellas también de forma expresa.

    Cómo saber, en la práctica, qué situación tienes

    Antes de decidir, conviene reunir toda la información posible sobre el patrimonio del fallecido:

    • Solicitar el certificado de últimas voluntades y comprobar si había testamento.
    • Revisar movimientos bancarios, préstamos, hipotecas o avales que pudiera tener contraídos.
    • Comprobar si hay deudas con Hacienda o la Seguridad Social, que en ocasiones no son evidentes a primera vista.
    • Verificar si existen embargos, procedimientos judiciales pendientes o fianzas firmadas.

    Cuando la información disponible no es clara o no da tiempo a reunirla con seguridad antes de decidir, la aceptación a beneficio de inventario suele ser la opción más prudente, precisamente porque protege tu patrimonio personal mientras se aclara la situación real de la herencia.

    Preguntas frecuentes

    ¿Tengo un plazo límite para decidir qué hacer con la herencia? No existe un plazo general único para aceptar o renunciar, pero sí hay plazos específicos si otros interesados en la herencia te requieren notarialmente para que te pronuncies, y también plazos concretos para acogerte al beneficio de inventario, por lo que conviene no demorar la decisión sin necesidad.

    ¿Puedo cambiar de opinión después de aceptar la herencia? Como regla general, la aceptación y la renuncia son irrevocables una vez realizadas, salvo excepciones muy limitadas (por ejemplo, vicios en el consentimiento). Por eso es tan importante informarse bien antes de firmar cualquier documento.

    ¿Qué pasa si varios herederos quieren opciones distintas? Cada heredero decide de forma individual e independiente sobre su propia cuota hereditaria: uno puede aceptar puramente, otro a beneficio de inventario y otro renunciar, cada uno con las consecuencias correspondientes a su propia decisión.

    Si todavía no tienes claro el proceso general para aceptar una herencia, te recomendamos empezar por cómo aceptar una herencia en España: documentos, pasos y plazos.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Cómo reclamar una deuda que no te pagan: del burofax al proceso monitorio

    Cómo reclamar una deuda que no te pagan: del burofax al proceso monitorio

    Que te deban dinero y no consigas cobrarlo es más habitual de lo que parece. También es de los problemas que más se abandona por desconocimiento. Mucha gente da por perdida una deuda pequeña o mediana simplemente porque no sabe qué pasos dar. Aquí tienes el camino ordenado, desde el primer aviso hasta la vía judicial si hace falta llegar a ella.

    Paso 1: reclama por escrito antes que nada

    Antes de pensar en tribunales, reclama la deuda de forma fehaciente. Es decir, de una manera que puedas demostrar más adelante que se hizo. Una llamada de teléfono o un mensaje de WhatsApp pueden servir como primer aviso. Pero no bastan como prueba si el asunto acaba en un juzgado.

    El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido es la herramienta habitual para esto. Certifica qué se envió, a quién y cuándo. Además, interrumpe el plazo de prescripción de la deuda: el tiempo máximo que tienes para reclamarla judicialmente.

    Paso 2: valora si compensa negociar antes de escalar

    Antes de escalar el conflicto, puede compensar ofrecer un aplazamiento o un pago fraccionado. Muchos deudores no pagan porque no pueden hacerlo de golpe, no porque se nieguen a pagar. Un acuerdo de pago aplazado, aunque sea con un simple documento firmado por ambas partes, puede ahorrarte tiempo y dinero en procedimientos judiciales.

    Paso 3: el proceso monitorio, la vía más habitual para deudas dinerarias

    Si el burofax no obtiene respuesta o el deudor se niega a pagar, el proceso monitorio suele ser la vía más rápida y económica. Sirve para reclamar una deuda dineraria, líquida, determinada y vencida. Es decir, una cantidad de dinero concreta que ya debería haberse pagado.

    Algunas características importantes del proceso monitorio:

    • No hace falta abogado ni procurador para cantidades que no superen los 2.000 euros. Por encima de esa cifra, si el deudor se opone y el asunto pasa a juicio, sí pueden ser necesarios.
    • Se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor. Hay que aportar cualquier documento que acredite la deuda: facturas, contratos, albaranes, correos electrónicos o un simple reconocimiento de deuda.
    • El juzgado requiere de pago al deudor. Si no paga ni se opone en el plazo dado, se puede pasar directamente a la fase de ejecución para embargar bienes.
    • Si el deudor se opone, el procedimiento se transforma en un juicio ordinario o verbal, según la cuantía. Ahí sí entra en juego la necesidad de abogado en función del importe.

    Paso 4: qué pasa si el deudor no tiene bienes

    Uno de los mayores desengaños al reclamar una deuda es descubrir, tras ganar el procedimiento, que el deudor es insolvente. En ese caso no hay nada que embargar. Por eso, antes de iniciar la vía judicial, puede ser útil informarse (dentro de lo legalmente posible) sobre la solvencia aparente del deudor: si tiene negocio abierto, vehículos a su nombre, inmuebles o una nómina embargable.

    Si resulta insolvente en el momento de la reclamación, la deuda sigue siendo exigible en el futuro. Si su situación económica mejora, se puede retomar la ejecución dentro del plazo de prescripción correspondiente.

    Paso 5: no dejes pasar el plazo de prescripción

    Las deudas prescriben. Una vez superado ese plazo, ya no se pueden reclamar judicialmente con garantías de éxito. El plazo general para acciones personales, como una deuda entre particulares, es de 5 años en el Código Civil, aunque existen plazos distintos según el tipo de deuda. Enviar el burofax o presentar la reclamación interrumpe ese plazo y hace que vuelva a contar desde cero.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto cuesta un proceso monitorio?

    Para reclamaciones de hasta 2.000 euros, al no ser obligatorio abogado ni procurador, el coste puede limitarse a la tasa judicial (con exenciones para personas físicas en muchos casos) y a los gastos de burofax previos.

    ¿Qué diferencia hay entre el proceso monitorio y una demanda ordinaria?

    El monitorio es un procedimiento simplificado pensado específicamente para deudas dinerarias claras y documentadas. Si el deudor se opone, el asunto se traslada a un procedimiento declarativo ordinario, con las garantías procesales propias de un juicio.

    Si la deuda es con un particular (un amigo, un familiar) en lugar de una empresa, el enfoque puede ser distinto: consulta también cómo reclamar una deuda entre particulares.

    Si además de reclamar el dinero sospechas que puede haber un fraude o estafa detrás, la vía puede no ser solo civil: consulta qué hacer si te llega una citación judicial.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Cómo hacer testamento en España: tipos, pasos y por qué es recomendable

    Cómo hacer testamento en España: tipos, pasos y por qué es recomendable

    Hacer testamento es una de esas gestiones que mucha gente pospone indefinidamente, pensando que «ya habrá tiempo». Sin embargo, tener un testamento actualizado evita conflictos familiares y facilita enormemente el proceso a quienes queden después. Esto es lo que debes saber.

    Por qué conviene hacer testamento

    Sin testamento, la herencia se reparte según las reglas de la sucesión legal (intestada), que no siempre coinciden con lo que la persona fallecida habría querido. Hacer testamento permite:

    • Decidir libremente (dentro de los límites legales de las legítimas) quién recibe qué bienes.
    • Nombrar un albacea que se encargue de ejecutar tu voluntad.
    • Evitar que el reparto se demore o genere desacuerdos entre herederos.
    • Prever situaciones concretas, como mejorar a un hijo con especial dependencia o dejar un legado a alguien que no sería heredero por ley (una pareja de hecho, un amigo, una entidad benéfica).

    Tipos de testamento más habituales

    • Testamento abierto notarial: es el más común y recomendable. Se otorga ante notario, que da fe de la capacidad del testador y de que el contenido responde a su voluntad. El notario conserva el original y lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.
    • Testamento cerrado: el contenido se mantiene en secreto incluso para el notario, que solo da fe de la identidad del testador y de que el documento contiene su testamento, sin conocer el contenido. Es mucho menos habitual en la práctica.
    • Testamento ológrafo: escrito de puño y letra por el propio testador, con fecha y firma, sin intervención notarial en el momento de otorgarlo. Para que tenga efecto, debe ser protocolizado ante notario tras el fallecimiento, dentro del plazo legal establecido, lo que en ocasiones genera más complicaciones que el notarial.

    Qué necesitas para hacer testamento notarial

    • Acudir a cualquier notaría (no es necesario que sea la de tu domicilio).
    • Llevar el DNI o documento de identidad.
    • Tener claro, al menos en líneas generales, cómo quieres repartir tus bienes.
    • El notario te asesorará sobre los límites legales (legítimas de hijos y cónyuge) y sobre las cláusulas más adecuadas a tu situación familiar.

    Las legítimas: el límite a la libertad de testar

    En España, no se puede repartir el patrimonio con total libertad si existen ciertos herederos forzosos (hijos, y en su defecto otros descendientes, además del cónyuge viudo en determinados casos). La ley reserva una parte de la herencia, llamada legítima, que corresponde necesariamente a estos herederos, aunque el testador puede decidir con más libertad sobre el resto del patrimonio.

    ¿Se puede cambiar el testamento más adelante?

    Sí. El testamento es revocable en cualquier momento mientras el testador conserve su capacidad, ya sea otorgando uno nuevo (que deja sin efecto el anterior) o mediante su revocación expresa. Es aconsejable revisarlo tras eventos vitales importantes como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o cambios patrimoniales relevantes.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto cuesta hacer un testamento notarial? El coste de un testamento abierto notarial suele ser moderado en comparación con los beneficios que aporta, y varía según el notario y la complejidad del contenido; conviene consultar el presupuesto exacto directamente con la notaría.

    ¿Es obligatorio hacer testamento? No, es totalmente voluntario. Si no se hace, la herencia se rige por las normas de la sucesión intestada, que determinan quién hereda y en qué proporción según el grado de parentesco.

    ¿Puedo dejar todos mis bienes a quien yo quiera? No de forma absoluta si existen herederos forzosos, ya que la legítima limita la libertad de disposición sobre una parte del patrimonio; sobre el resto, sí existe libertad para decidir.

    Herederos forzosos: los límites de la legítima

    En España no existe total libertad para repartir la herencia como se quiera: los hijos y, en su defecto, otros descendientes, así como el cónyuge en determinadas circunstancias, tienen derecho a una parte mínima de la herencia llamada legítima, que el testamento no puede eliminar. Dentro de esos límites, sí hay margen para decidir cómo repartir el resto (el llamado tercio de libre disposición) y para mejorar a algún heredero respecto a otros, dentro de lo permitido por la ley.

    ¿Se puede cambiar o anular un testamento ya hecho?

    Sí, en cualquier momento mientras se tenga capacidad legal para ello. El testamento más reciente válido es, con carácter general, el que prevalece, por lo que es habitual actualizarlo tras eventos importantes como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de un hijo o cambios patrimoniales relevantes.

    ¿Qué ocurre si alguien fallece sin testamento?

    Se abre la sucesión intestada, y la herencia se reparte según el orden que marca la ley (primero descendientes, después ascendientes, cónyuge, y así sucesivamente), sin que la persona fallecida haya podido decidir nada sobre el reparto ni sobre quién administra el proceso.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto cuesta hacer testamento notarial?

    El coste de un testamento abierto notarial suele ser moderado y depende de cada notaría; conviene consultar el precio orientativo directamente, ya que los aranceles notariales tienen un marco regulado pero pueden variar ligeramente.

    ¿Puedo dejar mis bienes a alguien que no es de mi familia?

    Sí, siempre respetando la legítima de los herederos forzosos si los hay. El resto del patrimonio (el tercio de libre disposición y, en su caso, el de mejora si se usa así) puede destinarse a quien se desee, incluida una pareja de hecho, un amigo o una entidad benéfica.

    Una vez hecho el testamento, es útil saber también cómo se acepta una herencia cuando llegue el momento.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

  • Despido improcedente: cómo saber si el tuyo lo es y qué indemnización te corresponde

    Despido improcedente: cómo saber si el tuyo lo es y qué indemnización te corresponde

    Recibir una carta de despido es un momento duro, y muchas veces surge la duda de si la empresa ha actuado conforme a la ley. Entender la diferencia entre un despido procedente, improcedente y nulo es el primer paso para saber qué derechos te asisten.

    Tipos de despido y sus consecuencias

    • Despido procedente: la empresa acredita la causa alegada (disciplinaria, objetiva, etc.) y el despido se considera ajustado a derecho. No genera indemnización adicional a la que, en su caso, corresponda por la causa concreta.
    • Despido improcedente: la empresa no logra probar la causa alegada, o no cumple los requisitos formales exigidos (carta de despido, plazos, motivación suficiente). En este caso, la empresa debe optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización correspondiente.
    • Despido nulo: se da cuando el despido vulnera derechos fundamentales (por ejemplo, discriminación, represalia por ejercer derechos, o despido durante el embarazo en determinados supuestos). Conlleva la readmisión obligatoria del trabajador, con abono de los salarios dejados de percibir.

    Señales de que un despido podría ser improcedente

    • La carta de despido no explica con claridad y detalle los hechos que lo motivan.
    • No se han respetado los plazos o el procedimiento formal exigido según el tipo de despido.
    • Se alegan causas objetivas (económicas, organizativas) sin justificación documental suficiente.
    • El despido llega justo después de que el trabajador haya reclamado algún derecho (bajas, permisos, denuncias internas), lo que puede apuntar a una posible represalia.

    Qué indemnización corresponde

    En caso de despido declarado improcedente, la indemnización se calcula, con carácter general, en función de los años trabajados y el salario del trabajador, con los límites y fórmulas que marca la normativa laboral vigente en cada momento. El cálculo exacto depende de la fecha de inicio del contrato y de la normativa aplicable a ese periodo, por lo que conviene revisar cada caso de forma individualizada.

    Qué hacer si crees que tu despido es improcedente

    1. No firmes nada sin leerlo con calma. Si te presentan un finiquito junto con la carta de despido, puedes firmarlo indicando «no conforme» si tienes dudas, sin que eso te impida reclamar después.
    2. Guarda toda la documentación: carta de despido, contrato, nóminas, comunicaciones con la empresa.
    3. Acude al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad. Es un trámite previo obligatorio antes de acudir a los tribunales en la mayoría de los casos.
    4. Presenta la papeleta de conciliación dentro del plazo legal, que es muy breve tras la fecha de efectos del despido, por lo que conviene actuar con rapidez.
    5. Si no hay acuerdo en la conciliación, se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido? El plazo es muy corto (se cuenta en días hábiles desde la fecha de efectos del despido), por lo que es fundamental actuar cuanto antes y no dejarlo pasar.

    ¿Puedo elegir entre la indemnización y volver a mi puesto de trabajo? En el despido improcedente, la opción entre readmisión e indemnización corresponde, con carácter general, a la empresa, salvo en el caso de representantes de los trabajadores, donde la opción puede corresponder al propio trabajador.

    ¿Es recomendable negociar directamente con la empresa antes de ir a juicio? En muchos casos sí, ya que puede evitar tiempo y costes, pero conviene hacerlo con asesoramiento legal para no aceptar una cantidad inferior a la que realmente correspondería por ley.

    El plazo para reclamar: caducidad de 20 días hábiles

    Es uno de los puntos donde más trabajadores pierden su derecho sin saberlo: desde la fecha efectiva del despido hay solo 20 días hábiles (no naturales, así que no cuentan sábados, domingos ni festivos) para presentar la papeleta de conciliación previa. Superado este plazo, se pierde la posibilidad de reclamar, salvo excepciones muy tasadas. Por eso, ante cualquier duda sobre un despido, conviene actuar cuanto antes.

    Cómo se calcula la indemnización (ejemplo orientativo)

    La indemnización por despido improcedente se calcula, con carácter general, en función del salario diario, la antigüedad en la empresa y un tope máximo de mensualidades, según la normativa vigente en cada momento. Por ejemplo, para un trabajador con un salario determinado y varios años de antigüedad, el cálculo se hace multiplicando los días correspondientes por año trabajado por el salario diario, con las particularidades de los periodos anteriores y posteriores a determinadas reformas laborales. Dado que estos parámetros y topes pueden variar, lo más fiable es calcular la cifra exacta caso por caso.

    Readmisión o indemnización: ¿quién decide?

    En un despido improcedente ordinario, es la empresa quien elige entre readmitir al trabajador (con abono de los salarios dejados de percibir) o pagar la indemnización, salvo que el trabajador sea representante legal de los trabajadores, en cuyo caso la opción le corresponde a él.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio pasar por el SMAC antes de ir a juicio?

    Sí, la conciliación previa (SMAC o equivalente autonómico) es, con carácter general, un requisito previo obligatorio antes de poder presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social.

    ¿Cobro el paro si el despido es improcedente?

    Si cumples los requisitos generales de cotización, sí, con independencia de que el despido se declare improcedente; son cuestiones distintas.

    Si además del despido tienes horas extra pendientes de cobro, consulta también cómo reclamar el pago de horas extra no abonadas.


    Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).