Hacer testamento es una de esas gestiones que mucha gente pospone indefinidamente, pensando que «ya habrá tiempo». Sin embargo, tener un testamento actualizado evita conflictos familiares y facilita enormemente el proceso a quienes queden después. Esto es lo que debes saber.
Por qué conviene hacer testamento
Sin testamento, la herencia se reparte según las reglas de la sucesión legal (intestada), que no siempre coinciden con lo que la persona fallecida habría querido. Hacer testamento permite:
- Decidir libremente (dentro de los límites legales de las legítimas) quién recibe qué bienes.
- Nombrar un albacea que se encargue de ejecutar tu voluntad.
- Evitar que el reparto se demore o genere desacuerdos entre herederos.
- Prever situaciones concretas, como mejorar a un hijo con especial dependencia o dejar un legado a alguien que no sería heredero por ley (una pareja de hecho, un amigo, una entidad benéfica).
Tipos de testamento más habituales
- Testamento abierto notarial: es el más común y recomendable. Se otorga ante notario, que da fe de la capacidad del testador y de que el contenido responde a su voluntad. El notario conserva el original y lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Testamento cerrado: el contenido se mantiene en secreto incluso para el notario, que solo da fe de la identidad del testador y de que el documento contiene su testamento, sin conocer el contenido. Es mucho menos habitual en la práctica.
- Testamento ológrafo: escrito de puño y letra por el propio testador, con fecha y firma, sin intervención notarial en el momento de otorgarlo. Para que tenga efecto, debe ser protocolizado ante notario tras el fallecimiento, dentro del plazo legal establecido, lo que en ocasiones genera más complicaciones que el notarial.
Qué necesitas para hacer testamento notarial
- Acudir a cualquier notaría (no es necesario que sea la de tu domicilio).
- Llevar el DNI o documento de identidad.
- Tener claro, al menos en líneas generales, cómo quieres repartir tus bienes.
- El notario te asesorará sobre los límites legales (legítimas de hijos y cónyuge) y sobre las cláusulas más adecuadas a tu situación familiar.
Las legítimas: el límite a la libertad de testar
En España, no se puede repartir el patrimonio con total libertad si existen ciertos herederos forzosos (hijos, y en su defecto otros descendientes, además del cónyuge viudo en determinados casos). La ley reserva una parte de la herencia, llamada legítima, que corresponde necesariamente a estos herederos, aunque el testador puede decidir con más libertad sobre el resto del patrimonio.
¿Se puede cambiar el testamento más adelante?
Sí. El testamento es revocable en cualquier momento mientras el testador conserve su capacidad, ya sea otorgando uno nuevo (que deja sin efecto el anterior) o mediante su revocación expresa. Es aconsejable revisarlo tras eventos vitales importantes como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o cambios patrimoniales relevantes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta hacer un testamento notarial? El coste de un testamento abierto notarial suele ser moderado en comparación con los beneficios que aporta, y varía según el notario y la complejidad del contenido; conviene consultar el presupuesto exacto directamente con la notaría.
¿Es obligatorio hacer testamento? No, es totalmente voluntario. Si no se hace, la herencia se rige por las normas de la sucesión intestada, que determinan quién hereda y en qué proporción según el grado de parentesco.
¿Puedo dejar todos mis bienes a quien yo quiera? No de forma absoluta si existen herederos forzosos, ya que la legítima limita la libertad de disposición sobre una parte del patrimonio; sobre el resto, sí existe libertad para decidir.
Herederos forzosos: los límites de la legítima
En España no existe total libertad para repartir la herencia como se quiera: los hijos y, en su defecto, otros descendientes, así como el cónyuge en determinadas circunstancias, tienen derecho a una parte mínima de la herencia llamada legítima, que el testamento no puede eliminar. Dentro de esos límites, sí hay margen para decidir cómo repartir el resto (el llamado tercio de libre disposición) y para mejorar a algún heredero respecto a otros, dentro de lo permitido por la ley.
¿Se puede cambiar o anular un testamento ya hecho?
Sí, en cualquier momento mientras se tenga capacidad legal para ello. El testamento más reciente válido es, con carácter general, el que prevalece, por lo que es habitual actualizarlo tras eventos importantes como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de un hijo o cambios patrimoniales relevantes.
¿Qué ocurre si alguien fallece sin testamento?
Se abre la sucesión intestada, y la herencia se reparte según el orden que marca la ley (primero descendientes, después ascendientes, cónyuge, y así sucesivamente), sin que la persona fallecida haya podido decidir nada sobre el reparto ni sobre quién administra el proceso.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta hacer testamento notarial?
El coste de un testamento abierto notarial suele ser moderado y depende de cada notaría; conviene consultar el precio orientativo directamente, ya que los aranceles notariales tienen un marco regulado pero pueden variar ligeramente.
¿Puedo dejar mis bienes a alguien que no es de mi familia?
Sí, siempre respetando la legítima de los herederos forzosos si los hay. El resto del patrimonio (el tercio de libre disposición y, en su caso, el de mejora si se usa así) puede destinarse a quien se desee, incluida una pareja de hecho, un amigo o una entidad benéfica.
Una vez hecho el testamento, es útil saber también cómo se acepta una herencia cuando llegue el momento.
Escrito por Julián Casero Gilabert, abogado colegiado nº 606 en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, con despacho en Villacarrillo (Jaén).

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